Izquierda Unida Castilla-La Mancha

Rodolfo Tello acompaña a la Plataforma contra la ley de caza de Castilla-La Mancha .

Rodolfo Tello, Responsable del Área de Mediambiente, acompaña a la Plataforma contra la ley de caza de Castilla-La Mancha en la presentación pública de las alegaciones a la reforma de la ley de 2015.

La Plataforma contra la ley de caza de Castilla-La Mancha, en la que participa IU CLM, ha terminado de entregar las alegaciones que las entidades que la conforman han consensuado para hacer frente común ante la recta final del proceso de reforma de la retrógrada ley de caza vigente desde 2015.

Las alegaciones han sido suscritas por al menos 46 entidades, algunas de ellas que no forman parte de la Plataforma pero que comparten su criterio entorno al documento de alegaciones. Considerando que entre estas entidades hay a su vez federaciones y plataformas, en total las entidades individuales representadas en estas alegaciones estaría muy cerca de las 100.

La Plataforma valora muy positivamente el consenso y apoyo recibido, ya que si lo unimos a la exitosa recogida de firmas y que alcanzó 117.621 firmas en change.org, estamos ante la una de las mayores campañas de movilización habidas en Castilla-La Mancha en toda su historia.

Por ello, y porque los argumentos de las alegaciones son sólidos tanto desde el punto de vista técnico y científico como social y económico, la Plataforma exige a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural y al Gobierno de Castilla-La Mancha que profundice en la reforma de la ley, ya que el texto actual se queda muy corto respecto de las expectativas creadas.

La Plataforma no se conforma con una reforma de alcance limitado y que mantiene buena parte de los privilegios que injustamente se dan a los cazadores, así como el incentivo a la caza comercial e intensiva.

No es de recibo que se bajen las sanciones a la caza a la mitad de lo que eran en la ley de 1993, ni que ahora se quiera eximir a muchos de ellos de pagar las tasas o de hacer el examen del cazador. Pero aún menos lo es que en paralelo no se les exija cuestiones básicas de respeto en materia de medio ambiente, del bienestar animal o del uso público del medio natural.

Ahora quienes representan a los cazadores en la llamada Mesa de la Caza se hacen los ofendidos e invocan posibles movilizaciones. Olvidando su responsabilidad en que la ley de caza sea ahora la más retrograda de España y que haya habido que afrontar una reforma que no hubiera sido necesaria si no hubieran impuesto al Gobierno anterior, y este lo aceptase con gusto, condiciones de privilegio, de no diálogo con otras entidades y de aprobar todas y cada una de las exigencias del sector, hasta las más peregrinas e ilegales. Por eso en la ley actual se sanciona muy gravemente por molestar, aunque sea inadvertidamente, a la caza. Se facilitan y promueven prácticas tan dañinas como el control de predadores, el lanceo, el abatir animales domésticos o los cuarteles de caza comercial. O se abre la mano a más vallados, a daños a especies y espacios protegidos o a cazar prácticamente todo el año.

Para la presentación de alegaciones la Plataforma facilitó un escrito resumen de dos páginas que contiene las medidas y objetivos principales. Por otra parte, ha elaborado un documento más extenso, de 50 páginas, que revisa artículo por artículo la ley, con el objetivo de adecuarla debidamente. Tal vez hubiera sido más fácil hacer una ley nueva, pero desgraciadamente se acordó el modelo de reforma y esto está dificultando todo el proceso.

La Plataforma en todo caso anima a que todos los interesados sigan presentando las alegaciones y a que se sumen a sus reivindicaciones.

Las alegaciones de la Plataforma se resumen en los siguientes catorce puntos:

  1. Que se amplíen las zonas de seguridad y que se señalicen adecuadamente a costa de los titulares de los cotos.
  2. Que se sancione como infracción muy grave la caza en zonas de seguridad y la obstaculización por causa de la caza del libre tránsito por vías y zonas públicas.
  3. Que se publiquen con antelación suficiente las fechas y las zonas de celebración de cacerías organizadas.
  4. Que se remita toda la regulación concerniente a animales domésticos a la futura nueva ley de protección y bienestar animal ya anunciada, incluida la de los denominados “asilvestrados” término que en todo caso debe eliminarse de la ley de caza.
  5. Que no se permitan medios o sistemas de caza que sean especialmente peligrosos para las personas o para la fauna, que sean masivos o que atenten contra el bienestar animal o la conservación de especies amenazadas. Entre ellos particularmente la caza con hurón, la caza de aves en época de cría o migración, la caza de hembras acompañadas de crías, el perro de madriguera, la caza nocturna, la caza al atardecer o al amanecer, la caza en zonas incendiadas, la cetrería o la caza de acuáticas.
  6. Que se elimine la figura de cuartel de caza comercial y que, en todo caso, no se permita la realización de caza intensiva en los espacios protegidos y de la red Natura 2000.
  7. Que se garantice la seguridad y las potestades de los agentes medioambientales y que se les informe puntualmente de las resoluciones de todo tipo que afecten a los cotos de su demarcación.
  8. Que se incrementen las inspecciones, incluidos controles de alcoholemia y drogas, y las sanciones por cazar sin estar en condiciones físicas adecuadas o sin cumplir las normas de seguridad en el manejo de las armas.
  9. Que se suba la edad mínima para cazar a la mayoría de edad.
  10. Que las sanciones aumenten su cuantía y no sean discrecionales. Que toda sanción grave o muy grave lleve aparejada siempre, además de la multa, la retirada de permisos o de las autorizaciones que correspondan al coto, al cazador o a los guardas y auxiliares de caza.
  11. Que se prohíban los reclamos y atrayentes, así como especialmente los comederos, cebaderos o la aportación de alimentación suplementaria para fomentar de forma artificial las poblaciones de especies de caza o para facilitar la caza misma.
  12. Que por sus perniciosos efectos para el medio ambiente y las especies se prohíba la munición de plomo y que para que tal medida sea efectiva en un plazo corto se elabore una estrategia de sustitución por alternativas no tóxicas, atendiendo a las recomendaciones de carácter internacional sobre la necesidad de eliminar el plomo en la munición.
  13. Que se dé como máximo un plazo de un año improrrogable para adecuar los vallados existentes y las zonas de caza a la legislación modificada que se apruebe.
  14. Que se amplíen y mejoren las definiciones de la ley, en particular los términos “modalidad de caza”, “métodos excepcionales”, “tradicional”, “capacidad de carga” y “perjuicios graves e importantes”.